Locales de pública concurrencia

 

Aldamar - Locales húmedos, mojados y piscinas

Baja tensión

La seguridad de baja tensión en locales húmedos, mojados, piscinas y fuentes ornamentales, se refiere a las inspecciones eléctricas en depuradoras, vestuarios del recinto, localizaciones que puedan ser alcanzadas por los chorros de agua, etc. y/o locales cuyas condiciones ambientales se manifiestan momentáneamente o bajo la forma de condensación como manchas salinas o moho, ubicados en el techo y/o paredes (siempre y cuando no estén impregnadas de agua o aparezcan como gotas).

Estas inspecciones deben ser realizadas con el fin de prevenir posibles accidentes entre el personal de mantenimiento o los usuarios de la instalación, ya sea de uso público o privado.

La inspección inicial es obligatoria cuando la potencia es superior a 10 kW y tiene una validez de 5 años, excepto en locales mojados, cuya potencia debe ser superior a 25 kW.

Las inspecciones periódicas que han sido objeto de inspección inicial por ser su potencia superior a 5 kW y 25 kW en los locales húmedos y mojados se realizan cada 5 años.

Las instalaciones anteriores a la entrada en vigor del REBT también deben cumplir con los plazos estipulados, pero se inspeccionarán siguiendo el reglamento bajo el que se ejecutaron.

 

• R. D. 842/2002 [2.AGO.2002]
• ITC-BT-05
• ITC-BT-09
• ITC-BT-44